01/05/2019
El día 16 de mayo de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por elque se reforma la fracción III del artículo 113 y se adiciona un artículo 113 Bis del Código Fiscalde la Federación” (el “Decreto”). A continuación se presenta un resumen ejecutivo del contenidodel Decreto.
El día 16 de mayo de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por elque se reforma la fracción III del artículo 113 y se adiciona un artículo 113 Bis del Código Fiscalde la Federación” (el “Decreto”). A continuación se presenta un resumen ejecutivo del contenidodel Decreto.
REFORMA AL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN EN MATERIA DE COMPROBANTESFISCALES ELECTRÓNICOS
Se reforma la fracción III del artículo 113 del Código Fiscal de la Federación (“CFF”)estableciendo que se impondrá sanción de tres meses a seis años de prisión, a quienesadquieran comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actosjurídicos simulados.
Asimismo, se adiciona el artículo 113 Bis al CFF en el que se establece que se impondrásanción de tres a seis años de prisión, a quienes expidan o enajenen comprobantes fiscalesque amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.
Cabe destacar que el Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial de la Federación.
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