Industria Eléctrica en México extiende el periodo de suspensión

 Profesional relacionado: Horacio M. de Uriarte   |      11/05/2020

La Secretaría de Energía, el Centro Nacional del Control de Energía y la Comisión Reguladora de Energía extienden su periodo de suspensión de actividades.

EXTIENDEN LA SECRETARÍA DE ENERGÍA, EL CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGÍA Y LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA SU PERIODO DE SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES Como continuación de las medidas ordenadas por el Consejo de Salubridad General y la Secretaría de Salud para la prevención y combate a la propagación del Coronavirus Covid-19, el 30 de abril de 2020, la Secretaría de Energía (“SENER”), el Centro Nacional de Control de Energía (“CENACE”) y la Comisión Reguladora de Energía (“CRE”) publicaron en el Diario Oficial de la Federación, acuerdos que amplían el periodo de suspensión previamente ordenado respecto de los plazos y términos de los actos y procedimientos llevados a cabo ante ambas autoridades, hasta el 30 de mayo de 2020 (los “Acuerdos”).
 
Considerando que el día 31 de mayo de 2020 es inhábil, lo anterior implica que, (i) los plazos y términos de los procedimientos substanciados ante SENER, CENACE y la CRE están suspendidos hasta el 31 de mayo de 2020, reanudándose el 1 de junio de 2020; (ii) el cumplimiento de obligaciones periódicas ante SENER, CENACE y la CRE está suspendido hasta el 31 de mayo de 2020, reanudándose el 1 de junio de 2020; y (iii) las solicitudes presentadas a SENER, CENACE y la CRE durante el periodo se suspensión se entenderán realizadas el 1 de junio de 2020 (y, por consecuencia, el plazo para su resolución comenzará a correr a partir de dicha fecha).

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