IFT: Suspensión de plazos y reanudación de labores

 Profesional relacionado: Carlos Orcí , Francisco Fuentes Ostos   |      03/07/2020

El Instituto Federal de Telecomunicaciones acuerda extender la suspensión de plazos de manera indefinida y realizar labores a través de la modalidad de teletrabajo, como medida de prevención para disminuir el riesgo de propagación del COVID-19.

El IFT acuerda: (i) Extender la suspensión de plazos de manera indefinida; (ii) Reanudar las labores a través de la modalidad de teletrabajo; como medida de prevención ante la actual crisis del covid-19 para algunos procedimientos
 
I. MEDIDAS ADOPTADAS Ante la actual crisis mundial que representa el virus COVID-19, a efecto de disminuir los riesgos que se enfrentan hoy en día en relación con la propagación de dicho virus, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (“IFT”) determinó extender de manera indefinida la suspensión de los plazos que anteriormente había decretado1. La reanudación de los plazos se realizará a partir de la fecha que determine el Pleno del IFT. El IFT señaló ciertos procedimientos que se encontraran exceptuados de dicha medida, dada la posibilidad de tramitarlos a través de medios electrónicos. 

1. Los procedimientos de notificación de concentración;

2. Las solicitudes de orientación general sobre la aplicación de la Ley Federal de Competencia Económica, así como diversos procedimientos regulatorios. 

3. Los procedimientos de carácter regulatorio relacionados con los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión.

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