Acuerdo Suspensión Notarías

 Profesional relacionado: Adriana Morales , Horacio M. de Uriarte , Lorenza Langarica   |      02/04/2020

El pasado 31 de marzo de 2020, el Gobierno de la Ciudad de México publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el acuerdo por el que se autoriza la suspensión de actividades de las Notarías Públicas de la Ciudad del México, por el periodo comprendido del 1 al 30 de abril de 2020.

Con motivo de la Declaratoria de Emergencia Sanitaria en la Ciudad de México por causa de fuerza mayor, para controlar, mitigar y evitar el contagio y propagación del COVID-19, (el “Acuerdo”) así como el aviso por el que se dan a conocer las medidas que se autorizan para el funcionamiento de dichas notarias (el “Aviso”). Por un lado, en resumen, el Acuerdo establece: 1. Autorizar la suspensión de actividades de las Notarías Públicas de la Ciudad de México por el período comprendido del 1 al 30 de abril de 2020, con la finalidad de evitar en lo posible contagios tanto de los Notarios como de su personal y de los usuarios de los servicios notariales; 2. Asegurar la prestación de servicios notariales a los usuarios, en particular los urgentes, tales como testamentos, poderes, cotejos de documentos, autorizaciones para que menores salgan del país, y algún otro a juicio del notario; para ello, el Consejo del Colegio de Notarios de la Ciudad de México (el “Colegio”) establecerá un rol de guardias diario con miembros de dicho Colegio quienes atenderán los requerimientos de servicios previa comunicación, consulta y asesoría vía remota , debiendo de acudir los usuarios a las oficinas notariales sólo para la firma del instrumento correspondiente o, en su caso, para recoger las copias cotejadas o los testimonios, cumpliendo las normas de higiene obligatorias y las medidas establecidas por cada Notaría; 3. Excluir del rol de guardias a los notarios que tengan 60 o más años de edad o aquellos que padezcan alguna enfermedad que los haga vulnerables, salvo en el caso de que éstos solicitaren ser incluidos o hayan decidido no suspender sus actividades, conforme a lo autorizado en el Acuerdo; 4. Ordenar la publicación por parte del Colegio - en su página de internet - el rol de guardias, que incluirá los nombres de los Notarios, el número, domicilio, teléfonos, correo electrónico y horario de atención y la fecha en que le corresponderá la atención de los usuarios de servicios notariales, durante el período correspondiente y establecerá asimismo un servicio de atención telefónica en días hábiles para recibir solicitudes de servicios notariales, mismas que turnará para su atención inmediata a los Notarios de guardia; y,
Abril 2, 2020  
5. Permitir a los notarios que así lo decidan, continuar prestando servicios notariales a los usuarios, atendiendo los requerimientos de servicios previa comunicación, consulta y asesoría vía remota, debiendo de acudir los usuarios a las oficinas notariales sólo para la firma del instrumento correspondiente o, en su caso, para recoger las copias cotejadas o los testimonios, cumpliendo las normas de higiene obligatorias y las medidas establecidas por cada Notaría; El Acuerdo entró en vigor el día 31 de marzo de 2020, y se encontrará en vigor hasta el día 30 de abril del 2020 o hasta que el Consejo de Salud de la Ciudad de México determine la conclusión de la Emergencia Sanitaria. En caso de requerir servicios notariales, nos ponemos a su disposición para apoyarlos con cualquier requerimiento y canalizarlos con los Notarios que efectivamente se encuentren prestando sus servicios.

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