Acuerdo por el que se delegan diversas facultades a servidores públicos del SAT

 Profesional relacionado: Enrique Ramírez , Nora Morales   |      04/05/2020

El 29 de abril de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se delegan diversas facultades a los servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria”, emitido por la Jefa del Servicio de Administración Tributaria (“SAT”). 

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN DIVERSAS FACULTADES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA El 29 de abril de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se delegan diversas facultades a los servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria”, emitido por la Jefa del Servicio de Administración Tributaria (“SAT”).  Dicho Acuerdo se emitió con el propósito de delegar las nuevas facultades derivadas de la reforma al Código Fiscal de la Federación (“CFF”) vigente a partir del 1° de enero de 2020, con el objeto de facilitar el cumplimiento de los objetivos del SAT.  En ese sentido, cabe destacar que, prácticamente todas las Administraciones Generales y Desconcentradas del SAT, ahora poseen la facultad de restringir temporalmente y cancelar el uso del certificado de sello digital para la expedición de CFDI’s.  Asimismo, resalta el que en el Acuerdo la delegación de la nueva facultad de llevar a cabo todos los actos y procedimientos previstos en el artículo 5-A del CFF, con lo cual dichas autoridades ahora tendrán la facultad de determinar si las operaciones realizadas por los contribuyentes carecen de razón de negocios y, con ello, reclasificar dichos actos jurídicos a fin de que produzcan los efectos fiscales que correspondan a los que se habrían realizado para la obtención del beneficio económico razonablemente esperado por el contribuyente. Aunado a lo anterior, se delegó a diversas Administraciones, la facultad de ordenar y practicar visitas domiciliarias a los asesores fiscales a que hace referencia el artículo 197 del CFF respecto de la obligación de revelar esquemas reportables, además de aplicar la sanción correspondiente.  En ese sentido, en este documento, se detallan las Administraciones y facultades delegadas que destacan del Acuerdo en comento. Lo dispuesto en el referido Acuerdo es independiente de lo ya previamente establecido en los Acuerdos de delegación de facultades de fechas 23 de junio de 2016, 5 de septiembre de 2017, 8 de noviembre de 2017, 11 de abril de 2018, 30 de abril de 2018, 22 de octubre de 2018 y 29 de marzo de 2019, así como en el propio Reglamento del Servicio de Administración Tributaria.

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